El segundo semestre de 2025 inicia con una agenda tributaria activa que exige especial atención por parte del sector empresarial. La Dirección General de Ingresos (DGI) ha emitido recordatorios y disposiciones que, si bien específicas, impactan directamente en el cumplimiento tributario de personas naturales y jurídicas, con importantes implicaciones administrativas, sancionatorias y financieras.
Desde el Comité de Legislación e Impuestos de AmCham Panamá, consideramos oportuno compartir una síntesis de los principales hitos fiscales vigentes, junto con observaciones prácticas que pueden servir como guía de verificación para directivos, gerencias financieras y equipos de cumplimiento.
Fecha límite: 15 de julio de 2025
Aplicación: sociedades sujetas a la Ley 52 de 2016 y sus agentes residentes
Esta obligación exige la presentación electrónica, a través de e-Tax 2.0, de una declaración jurada que confirme la existencia y conservación adecuada de registros contables del periodo 2024. El incumplimiento genera una multa automática, incluso si la sociedad no ha tenido actividad económica.
Recomendaciones del Comité:
Fecha de publicación: 5 de junio de 2025
Aplicación: organizaciones sin fines de lucro receptoras de donaciones deducibles
La DGI ha publicado un listado de más de 400 entidades sin fines de lucro que han incumplido con la entrega de informes obligatorios. Las donaciones dirigidas a estas organizaciones ya no serán deducibles mientras no se regularice su situación.
Recomendaciones del Comité:
Fecha límite: 31 de agosto de 2025
Aplicación: personas naturales y jurídicas inscritas en el Registro Único de Contribuyentes
La DGI ha reiterado la obligación de actualizar los datos registrados en el sistema e-Tax 2.0, incluyendo la identificación del contador público autorizado y del agente residente como terceros vinculados.
Recomendaciones del Comité:
Fecha límite: 30 de junio de 2025
Aplicación: contribuyentes obligados a efectuar pagos de impuesto sobre la renta estimado, impuesto complementario y seguro educativo
Este pago constituye la primera de tres partidas del año. Su omisión genera recargos e intereses moratorios, y puede afectar la gestión financiera, en especial en compañías con obligaciones contractuales concurrentes.
Recomendaciones del Comité:
El cumplimiento tributario exige, más que nunca, una coordinación transversal dentro de las organizaciones. Estas disposiciones deben asumirse no como simples trámites, sino como parte de una estrategia de cumplimiento proactiva. Instamos a las empresas a revisar internamente sus procesos y estar preparados para los desafíos fiscales del segundo semestre.
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